Facturación
Firma electrónica del SAR
Qué es, cuándo hace falta de verdad y por qué Recibix no firma por vos.
La Firma Electrónica Avanzada del SAR es un sello digital que prueba quién firmó un documento y que nadie lo alteró después. Se pregunta seguido si hace falta para facturar, así que vamos con la respuesta corta primero.
No la necesitás para facturar
Facturar en Honduras no requiere firma electrónica. Lo que te habilita a emitir es tu autorización de autoimpresor: el CAI y tu rango de numeración. Las facturas, notas y comprobantes que Recibix emite y envía por correo tienen pleno valor bajo ese régimen, firmados o no.
El propio SAR lo dice de su servicio de firma: "No es un servicio obligatorio (…) Si una persona decide no obtener el servicio, podrá realizar sus gestiones de la manera habitual."
Entonces, ¿para qué sirve?
Para darle a un documento enviado por correo el mismo peso que una entrega en mano. El Decreto 33-2020 establece que las notificaciones enviadas por correo electrónico tienen el mismo valor legal que la entrega en persona, y la firma es lo que prueba que ese archivo salió de vos y llegó intacto.
Te conviene sacarla si:
- Un cliente o proveedor grande te la exige para aceptar documentos digitales.
- Firmás contratos o notificaciones a distancia y querés evitar el ida y vuelta de imprimir, firmar y escanear.
- Hacés trámites donde te la piden.
No te hace falta si solo emitís facturas y comprobantes a tus clientes.
Cuidado: firma y sello no es lo mismo que firma electrónica
Hay dos documentos del reglamento que sí piden firma y sello: el Comprobante de Retención (Art. 34 num. 8 del Acuerdo 481-2017) y la Constancia de Donación. La factura no está entre ellos — sus requisitos, en los artículos 10 y 11, no piden firma ni sello de ninguna clase.
Pero esa firma es la del agente de retención sobre el documento, no una firma electrónica. Por eso el comprobante que genera Recibix trae el espacio de firma y sello impreso, listo para que lo firmes, en vez de estamparte una imagen de tu firma que no controlás quién usa.
Qué cuesta y cómo se saca
| Tipo de contribuyente | Costo |
|---|---|
| Pequeños | L 350.00 |
| Medianos | L 700.00 |
| Grandes | L 1,500.00 |
| Instituciones públicas | Gratis |
El certificado tiene una vigencia de tres años, según las políticas con las que el SAR lanzó el servicio.
El trámite, según el SAR:
- Pagá en la Institución 37 con el recibo TGR, rubro 12121.
- Agendá tu cita en Citas SAR.
- Presentate el día de la cita con el recibo TGR y copia de tu DNI con tu correo anotado (pasaporte si sos extranjero).
Es presencial y personal. Si tu empresa es persona jurídica, lo hace el representante legal. En la página de firma electrónica del SAR están los videos oficiales de cada paso, incluido cómo instalar los certificados en tu computadora.
Recibix no firma por vos, y es a propósito
Sería cómodo que el sistema firmara cada documento solo, con tu certificado guardado de nuestro lado. No lo hacemos, porque esa comodidad te costaría la validez de la firma.
La Ley de Firma Electrónica (Decreto 149-2013) es clara en tres puntos:
- El firmante es siempre una persona (Art. 4), aunque el certificado se emita a nombre de una empresa.
- La firma es fiable solo si los datos para crearla estaban, al momento de firmar, bajo el control exclusivo del firmante (Art. 8).
- El firmante debe cuidar esos datos y responde por el uso no autorizado cuando no obró con la debida diligencia (Art. 9).
Guardar tu certificado y tu contraseña en nuestros servidores rompería ese control exclusivo y te trasladaría a vos la responsabilidad por cada firma que saliera de ahí. De hecho, entre las obligaciones del suscriptor está pedir la revocación del certificado ante el riesgo de uso indebido: entregarle la llave a un tercero es exactamente ese riesgo, así que la salida cómoda te dejaría obligado a revocar lo que acabás de sacar.
Como referencia de cuán personal es esa contraseña: el SAR tampoco la guarda —"esta contraseña privada no se guarda en ningún repositorio de la Administración Tributaria"—, y si la olvidás hay que revocar el certificado y generar uno nuevo.
Cómo la usás junto con Recibix
Si decidís sacarla, el flujo es este:
- Emitís el documento en Recibix y lo descargás en PDF.
- Lo firmás en tu computadora con el certificado que te instaló el SAR.
- Lo enviás vos firmado.
Tenelo en cuenta antes de decidir: al firmar vos, el documento deja de salir solo desde el sistema. Si emitís pocos al mes, es un trámite menor. Si emitís cientos —por ejemplo, comprobantes de retención—, es trabajo diario que conviene medir antes de comprometerse con un cliente que te la pida.
La alternativa, que es lo que hace la mayoría, es que Recibix envíe el documento por correo sin firma electrónica, igual que viajan hoy las facturas.
Base legal: Ley de Firma Electrónica, Decreto 149-2013; Reglamento de Firma Electrónica, Decreto Ejecutivo 41-2014; Decreto 33-2020. La autoridad certificadora es la SAR-PKI, y los documentos firmados se pueden validar después por código QR o CSV.
Los costos y requisitos de arriba están tomados de la página oficial del SAR. Confirmalos ahí antes de ir, porque los trámites cambian.